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Cambio de dominio de vehículos
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Cuando se produce una compraventa de un vehículo, se procederá a cambiar el nombre del propietario de este a favor del comprador.
En este caso, se deberá tener presente la antigüedad del vehículo así como su valor histórico, ya que en Cataluña existe una exención al ITPAJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), haciendo que los vehículos que tengan más de 10 años y no sean de valor histórico, estarán exentos a estos impuestos, haciendo que sólo deban pagar las tasas de la Dirección General de Tráfico.
Pero al tratarse de un impuesto cedido a las Comunidades Autònomas, dependiendo de la procedencia del comprador, se calcularà si se debe pagar o no el ITPAJD.